Según la disposición de la UIF para el registro de automotores de monto superior a $ 40.154.245,00 deberan presentar una certificación de origen de fondos firmada por contador público nacional y legalizada por el consejo profesional de ciencias económicas.
Según la disposición 51/22 de la UIF para el registro de automotores de monto superior a $ $ 12.031.145 , deberan presentar una certificación de origen de fondos firmada por contador público nacional y legalizada por el consejo profesional de ciencias económicas.
Según la disposición 51/22 de la UIF para el registro de automotores de monto superior a $ 5.738.075 , deberan presentar una certificación de origen de fondos firmada por contador público nacional y legalizada por el consejo profesional de ciencias económicas.
Tener en cuenta que cada cierto tiempo, el monto cambia.
Según la disposición 71/21 de la D.N.R.P.A. para el registro de automotores de monto superior a $2.237.000 (pesos argentinos dos millones doscientos treinta siete mil), deberan presentar una certificación de origen de fondos firmada por contador público nacional y legalizada por el consejo profesional de ciencias económicas.
Fuente: https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/245126/20210601
Se trata de un documento que certifica los ingresos obtenidos de una persona humana ó jurídica en un periodo de tiempo determinado.
Un Contador Público Nacional con matricula al día y firma certificada. Nosotros tenemos firma certificada en CABA y en Pcia. de Buenos Aires. Consultar por otras provincias.
Por el Domicilio Real de la persona quien certificará los ingresos obtenidos.
- El registro del automotor por la compra de vehículos.
- Bancos para constatar ingresos bancarios ú otorgar préstamos.
- Una inmobiliaria para acceder a un alquiler.
- Un escribano por la compra de un inmueble.
- Manifestación de bienes para personas humanas inscriptas como comerciantes.
- Otras entidades públicas y privadas.
- Remuneraciones/ Sueldos percibidas.
- Facturación por venta de bienes y/o servicios.
- Ventas de inmuebles, vehículos, embarcaciones ó cualquier bien registrable.
- Extractos bancarios y préstamos
- Otros
Nota: el ingreso debe encontrarse debidamente respaldado por documentación legal.
Nos pondremos en contacto para asesorarlo de la info que debe presentar para su certificación de ingresos.
Sí, el Consejo cobra un arancel por legalizar la certificación. Por lo tanto se paga el honorario del Contador por la certificación y su firma, y también un arancel al Consejo por su legalización.
Mayormente los organismo que solicitan certificación de ingresos, piden que el mismo se encuentre legalizado.